El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 4 de Madrid ha estimado el recurso del jugador Sergio Canales contra la sanción de cuatro partidos que recibió la temporada pasada, cuando jugaba en el Betis, por decir que su expulsión contra el Cádiz en Liga fue premeditada por parte del árbitro Antonio Mateu Lahoz.
Los órganos disciplinarios de la Federación Española de Fútbol (RFEF) sancionaron a Canales con 4 encuentros y una multa de 601 euros en marzo de este año tras afirmar, al término del partido con el Valladolid, el18 de febrero, que el exárbitro Antonio Mateu Lahoz le había expulsado de forma premeditada en el choque contra el Cádiz jugado en octubre. La sentencia a la que tuvo acceso EFE, entiende que han quedado vulnerados los principios de tipicidad, culpabilidad y presunción de inocencia de Sergio Canales, motivados por un error de expresión e interpretación en las declaraciones del jugador. Tras este fallo, Canales podrá competir con su actual club, Rayados de Monterrey de México, en el próximo campeonato Clausura 2024 sin ningún tipo de sanción.
El jugador acudió a la justicia ordinaria después de que sus recursos no fueran estimados y obtuvo la suspensión cautelar de su castigo cuando ya había cumplido uno de los partidos de sanción. Canales mantuvo que su comportamiento “siempre con los árbitros dentro y fuera del campo ha sido ejemplar, mostrándoles respeto máximo durante toda mi carrera profesional”. Canales dio las gracias al Betis, a su agencia de representación y abogados “que han luchado” por él “hasta las últimas consecuencias”.
El Comité de Competición sancionó a Canales el pasado 29 de marzo. El entonces capitán bético recurrió luego al Comité de Apelación y basó su recurso en que no pronunció la palabra “premeditada”, sino que dijo un término “ininteligible” y que “lo que pretendía decir era que había sido sancionado de manera precipitada (las dos tarjetas fueron muy rápidas y no me dio tiempo a hablar con él), considerando que afirmar que el árbitro se precipitó, entraría dentro de los límites de la libertad de expresión”, algo que acreditó con vídeos de declaraciones hechas en días posteriores.
Apelación rechazó estos argumentos, por la difusión de las declaraciones de Canales en un medio de comunicación, porque la denuncia remitida por el director de seguridad de la RFEF que originó el expediente transcribe el término “premeditada” y son la base para considerarlas como infracción grave según el artículo 106. Posteriormente el jugador acudió al TAD y pidió la suspensión cautelar de la sanción que le fue denegada, por lo que trasladó al caso a la justicia ordinaria que ha resuelto a su favor.
La reacción de Mateu Lahoz
El exárbitro Mateu Lahoz, por su parte, ha declarado este miércoles en Gran Canaria que tiene “la conciencia tranquila”, tras conocer la sentencia. Mantiene que la expulsión del jugador cántabro no fue premeditada y que se debió a dos protestas “que no tenían sentido”, ambas en el tiempo de prolongación de citado choque. ”Me alegra que hayan podido acceder a los audios y resolver la situación. Es bueno que podáis escuchar a los árbitros y que haya más transparencia, no hay nada que esconder”, dijo.
”Si ahora le han dado la razón (a Canales), es que hoy en día no podemos coartar la libertad de expresión de las personas. En este caso, él podía pensar que estaba premeditada, pero a mí no me falta al respeto porque tengo la conciencia super-tranquila. Eran dos protestas que no tenían ningún sentido, podría haber tenido más paciencia teniendo en cuenta que era el minuto 97, pero eso mismo pensé yo en ese tipo de jugada”, apuntó. El colegiado defiende que tras la primera amarilla mostrada al jugador cántabro, transcurrieron “nueve o diez segundos y hay tres veces en que le digo que pare”.
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